El ex jefe de la Alcaidía de Sáenz Peña, Gustavo O., perdió en su intento de recuperar su trabajo y que le paguen una indemnización por hacer sido cesanteado de sus funciones, al ser declarado responsable de otorgar favores muy beneficiosos al autor del conocido doble crimen de Castelli.
El 23 de marzo de 2011, por requerimiento de la fiscala de Juan José Castelli, Rosalía Niz, se produjo un allanamiento en la Alcaidía de Presidencia Roque Sáenz Peña, donde se encontraba alojado Luis Raúl Gusano Menocchio, por aquel entonces acusado y luego condenado a prisión perpetua por el doble homicidio del dueño de la estancia La Fidelidad, Manuel Roseo, y de su cuñada Nélida Bartolomé.
En la celda de Menocchio se secuestraron dos teléfonos celulares, un I-Pod y otros elementos prohibidos para los internos.
Tras ese procedimiento, se abrió un sumario administrativo que constató gravísimas irregularidades y sus correspondientes sanciones para los agentes penitenciarios que tenían a su cargo la custodia del detenido. Entre ellas, las cesantías del por entonces jefe de la Alcaidía local, el comisario inspector Gustavo Alberto O., como principal responsable de la situación, y de otros agentes bajo su mando.
Según el decreto 1986/12 firmado por el entonces gobernador Jorge Capitanich, que dictaminó su cesantía, durante el desempeño de O. como director de la Alcaidía de Sáenz Peña, «el interno Menocchio comenzó a ser tratado de forma diferenciada y condescendiente por parte de algunos funcionarios del Servicio Penitenciario», con los que llegó a compartir almuerzos y cenas con el consumo de bebidas alcohólicas.
También se consignó que el director de la Alcaidía nunca dispuso la requisa en la celda que ocupaba Menocchio y que permitió comodidades como el ingreso de muebles, electrodomésticos y hasta la instalación de una bomba para que contase con una ducha propia. Todos favores a los que no accedía el resto de los internos porque, de hecho, se encuentran prohibidos.
EL FALLO
La sentencia, que difundió el portal Chaco Día por Día, fue dictada el 22 de abril último y lleva la firma de los jueces Gloria Silva y Antonio Martínez, de la Sala Segunda de la Cámara en lo Contencioso Administrativo. El ex jefe de la Alcaidía de Sáenz Peña solicitaba que se declare la nulidad del decreto que concluyó con su cesantía y que se le abonen salarios caídos, indemnización por daños y perjuicio y daño moral.
El fallo de los jueces Silva y Martínez consideró que el planteo de nulidad «luce sin fundamento y no se observa afectación al derecho de defensa en juicio, dado que (…) tuvo la oportunidad de ofrecer y producir los medios de prueba necesarios, sin embargo pese a lo ofrecido y probado, ello no ha revertido los hechos comprobados».
«De las pruebas detalladas surge que su trato superó con plusvalía las directivas impuestas por las normas, porque su comportamiento fue más que afable y apropiado; además no ha sido igual con todos los internos alojados. Mediando una falta de control o diligencia adecuada para preservar y cumplimentar las normas que rigen y ordenan el servicio, al cual estaba obligado a dirigir», consigna el fallo de la Sala Segunda respecto del accionar del ex director de la Alcaidía de Sáenz Peña.
Puntualiza, además, que «de la mera lectura de las pruebas reunidas y no desvirtuadas por la defensa del actor, surge que su conducta encuadra en las normas imputadas y por las que ha sido sancionado».