La jueza del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Emilia María Valle, disertó ante pares de distintas provincias acerca del Jurado Indígena en el Chaco.
La participación de la magistrada chaqueña se dio en el marco del cuarto módulo de la edición 2021 del programa de perfeccionamiento para jueces y juezas, un ciclo de capacitación impulsado por el Instituto de Capacitación Judicial de las Provincias Argentinas y Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Reflejar).
Un elevado número de asistentes participaron de la disertación de Valle, titulada «Juicio por jurados: avances y desafíos; Jurado Indígena en el Chaco».
Entre los asistentes a la ponencia estuvieron el presidente del STJ, Rolando Toledo; la jueza Iride Grillo; la defensora general Alicia Alcalá; la presidenta de la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Jufejus), María del Carmen Battaini; y su par de Reflejar, Claudia Mizawak.
La magistrada destacó que el tema de la convocatoria fue mucho tiempo «una voz casi apagada y ausente en la currícula de las universidades» e hizo mención a la coyuntura actual de demandas de reformas y de mayor credibilidad de la Justicia.
En ese marco invitó a «mirar más esa sociedad, visiblemente atravesada por diferencias en lo económico, social y cultural, y definida por un número creciente de conflictos. El desafío es detenernos en esos conflictos, promover el diálogo, la armonía y la paz social».
Luego realizó un pormenorizado detalle de la evolución del sistema penal y recordó que desde 2004 el Chaco posee sistema acusatorio. Habló de sus características y reflexionó que «estamos cumpliendo un estricto mandato constitucional que arranca desde el mismo preámbulo, que enuncia entre sus propósitos los de afianzar la justicia y asegurar los beneficios de la libertad».
«La justicia no puede afianzarse a cualquier costo o precio», sostuvo al tiempo que señaló que «los y las argentinas tardamos mucho en darnos cuenta de que el preámbulo es operativo».
«Hasta buena parte del siglo pasado no tuvimos un procedimiento penal propio de un Poder Judicial horizontalmente organizado con control de constitucionalidad propio de un estado constitucional de Derecho», acotó.
«Afortunadamente muchas provincias argentinas avanzamos hacia el sistema acusatorio cuyas principales características son la separación de las funciones de juzgar y acusar, porque la concentración de funciones viola el debido proceso y afecta la garantía de imparcialidad», indicó Valle, y enumeró precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).
«Tampoco puede superarse la pena pedida por el fiscal (más allá de que algunos códigos conservan eso)», ilustró y también destacó que «la víctima es un sujeto de derecho fundamental, al igual que el imputado».
Luego marcó que «la libertad es la regla durante el proceso» y recordó las condenas internacionales del Estado argentino en las causas de Romero Feris, Jenkins y Hernández, «por el uso indebido de medidas de coerción que no respetaron las reglas».
Respecto del juicio por jurados, afirmó que «está estratégicamente definido tres veces en la Constitución Nacional».
«En el artículo 24, en el 75 (inciso 12); y en el 118», apuntó y citó al especialista Andrés Harfuch, del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip), quien sostuvo que «el juicio por jurados es la conclusión natural en un sistema acusatorio», y a esto añadió que «la CIDH (Confederación Interamericana de Derechos Humanos) afirma que el juicio por jurados ha sido concebido para devolver a la sociedad la confianza en el sistema de justicia».
También citó a Alberto Binder, al decir que este instituto «es la mejor escuela cívica, porque esos doce ciudadanos, después de cumplir ese rol, vuelven a sus hogares entendiendo el sistema de justicia, pero también comprendiendo el rol fundamental q tuvieron en la administración de Justicia».
«La CSJN concluyó que después de 500 juicios realizados en el país, es indudable que el juicio por jurados ha venido para quedarse», subrayó.
Pueblos indígenas
Valle hizo foco en la importancia de hacer realidad el reconocimiento de la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas, del respeto a sus derechos y a su cosmovisión propia.
La jueza del STJ citó el artículo 75, inciso 17, de la Constitución Nacional y mencionó que la Constitución Provincial «habla en su preámbulo del respeto al pluralismo étnico».
En relación con la incorporación del jurado indígena, sostuvo que la ley local, en su artículo cuarto, disponía que «cuando víctima e imputado pertenecen al mismo pueblo indígena, la mitad del jurado estará integrada por esa etnia», hasta que en diciembre pasado se realizó una modificación que indica que «si víctima y victimario pertenecieran a la misma etnia, el total del jurado estará integrado por miembros de esa etnia»; en tanto que «si imputado o víctima pertenecieran a una de las tres etinas, la mitad del jurado estará integrado por miembros de esa etnia».