La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia confirmó el procesamiento con prisión preventiva de un comerciante de Machagai, quien fue descubierto con una importante cantidad de armas y municiones sin contar con autorización legal, además de cigarrillos de contrabando. Se instó al Juzgado Federal de Sáenz Peña a la pronta elevación a juicio de la causa.
A principios de julio, con la firma de los jueces María Delfina Denogens y Enrique Bosch, la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia desestimó la apelación de la defensa técnica del comerciante que fue procesado con prisión preventiva acusado por el delito de acopio de armas de fuego -prevé penas de 4 a 10 años de prisión- en concurso real con el delito de encubrimiento de contrabando, disponiendo, además, el embargo sobre sus bienes.
EL CASO
Tras tareas de investigación realizadas por el Centro de Reunión de Información (CRI) de la Gendarmería Nacional, el 23 de febrero pasado, el juez federal subrogante de Sáenz Peña, Fernando Carbajal, ordenó un allanamiento en los domicilios del imputado donde secuestraron varias armas de fuego (rifles y revólveres), con municiones de diferentes calibres, sumas de dinero en billetes de diferentes denominaciones, y también un total de 189 cajas de cigarrillos Rodeo de origen extranjero.
En el auto de procesamiento, el magistrado consideró que el acopio de armas en manos del imputado «resulta evidente, ya que se trata de una persona ajena a las armas en su actividad habitual (comerciante) que no cuenta con antecedentes deportivos ni de coleccionista, siendo que tenía en su poder piezas que no se hallaban registradas, con la numeración suprimida en algunos casos, como también de uso prohibido para particulares».
Asimismo, destacó que conforme el informe de la Agencia Nacional de Materiales Controlados, el imputado «no era legítimo usuario ni contaba con autorización legal para la tenencia de las armas y municiones que le fueron secuestrados en su domicilio».
A su vez, el juez de Primera Instancia advirtió que también se daban los criterios para el procesamiento por «encubrimiento de contrabando». Es que el comerciante de Machagai intervino en la recepción de 189 cajas de cigarrillos sin el correspondiente aval aduanero, los que con parte de los cartuchos también secuestrados ascendían, según el cálculo de Afip, a casi $14 millones.
PELIGRO PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA
Con respecto al procesamiento por el delito de acopio de armas, los jueces coincidieron con la decisión del magistrado de primera instancia, considerando que el imputado no se encuentra inscripto como legítimo usuario o poseedor de armas de fuego, «lo que constituye motivo suficiente para el dictado del auto de mérito incriminador, no advirtiéndose en el razonamiento del magistrado de la anterior instancia vicios de logicidad, fisuras, ni contradicciones», al concluir afirmativamente sobre la intervención del imputado en el delito.
En otro tramo de su resolución, los camaristas sostuvieron que «no debe desconocerse que el delito que se imputa posee la particularidad de constituir un especial peligro para la seguridad pública, máxime si atendemos a la posibilidad de comercialización de las municiones, sin registro y control estatal alguno».
Respecto de la prisión preventiva del imputado, Denogens y Bosch estimaron que el tiempo que el procesado lleva privado de su libertad (4 meses) «no aparece irrazonable o desproporcionado» y, además, que los peligros procesales no admiten otras medidas menos lesivas que el dispuesto por el juez de primera instancia.