Los electores deberán cuidar algunos detalles de su vestimenta al momento de emitir su voto. De lo contrario, las autoridades de mesa pueden optar por restringirle ese derecho. Las prohibiciones de la veda estarán vigentes hasta las 21.
Las elecciones legislativas se disputan este domingo hasta las 18 y permitirán que los argentinos elijan quienes serán los representantes del pueblo en el Congreso Nacional y Provincial.
Desde las 8 de la mañana del viernes rige la veda electoral que prohíbe, entre otras actividades, realizar de actos de campaña. Sin embargo, los militantes o simpatizantes de cualquier partido político pueden olvidar un pequeño detalle que podría restringir su derecho al voto. No hay un código de vestimenta formal o informal que sea determinante para poder emitir el voto. No hay una «fashion police» de la moda al momento de ejercer este derecho cívico.
Sin embargo, la Cámara Nacional Electoral advirtió que durante la veda estará prohibido para los votantes «la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada».
Esto quiere decir que si un ciudadano lleva alguna remera, bandera o barbijo que aluda a alguna de las listas en disputa o cualquier partido político, las autoridades de mesa lo tomarán como «voto cantado» y no le permitirán sufragar.
Es importante recordar que el voto es secreto y que nada debe hacer referencia a la lista elegida por un ciudadano.
En época de pandemia con el uso de barbijos, proliferaron diversos diseños de tapabocas para fanáticos del cine, anime, personajes conocidos y también políticos, con la imagen de figuras de referentes de partidos o los símbolos que los identifican.
Qué no se puede hacer en veda electoral
La Dirección Nacional Electoral indicó que durante la veda electoral no se permite:
Realizar actos públicos de campaña
Proselitismo electoral
Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales: se mantiene la prohibición también durante elección y hasta 3 horas después de su cierre.
Vender bebidas alcohólicas
Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino. A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada
Los espectáculos al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, como obras de teatro, no podrán realizarse durante el desarrollo de los comicios y hasta pasadas tres horas de ser clausurado.
Veda electoral: ¿se puede comprar alcohol?
No. La prohibición de venta de bebidas alcohólicas rige desde las 23 del sábado y continuará hasta tres horas después del cierre de mesas, es decir hasta las nueve de la noche del domingo.