La resolución fue dictada el jueves 7 y lleva las firmas de la jueza Rocío Alcalá, del conjuez Mariano Aranda y de la jueza subrogante Patricia García.
Luego de analizar los testimonios de cuatro de las víctimas que denunciaron a la conducción de la Fundación No me olvides, dirigida por Rolando Kilo Vallejos y Élida Mambrín, los camaristas consideraron que «resulta evidente el estado de vulnerabilidad de las víctimas, ya que estas se caracterizan por ser siempre mujeres jóvenes, de escasos recursos económicos, las que eran presionadas por el encausado y sus consortes de causa para que accedan a mantener relaciones sexuales con diversas personas, bajo el pretexto de ser excluidas de la asociación y de retirarles las becas otorgadas por la Subsecretaría de Transporte de la provincia».
Además, los jueces de la Cámara de Apelaciones tuvieron en cuenta que en la causa principal se comprobó la comisión del delito de trata de personas agravado y se condenó a quince años de prisión a la directora de la Fundación No me olvides y también a la secretaria de la organización, Lorena Quintana.
Cuidar a las víctimas
Con respecto al pedido de morigeración de la prisión preventiva, la Cámara Federal mencionó que anteriormente había resuelto en el sentido de confirmar la detención teniendo en cuenta la gravedad de la imputación contra Medina y la pena que podría recibir en caso de ser condenado.
En ese sentido, los camaristas subrayaron que «este tipo de delitos deben ser analizados desde una perspectiva de género y, considerando que el imputado pudo haber mantenido contacto con las víctimas cuando los hechos tuvieron lugar, luce adecuado y razonable confirmar, de momento, a prisión preventiva en trato en aras de evitar cualquier situación de menoscabo a las víctimas que pueda suscitarse».