Lorena Hruza es jueza de Niñez, Adolescencia y Familia Nº 2 de la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña. La magistrada escribió una pequeña carta a una niña de casi dos años para que, en un futuro, conozca cómo se produjo su adopción plena por parte de una nueva familia. “En un futuro, cuando crezcas y sientas la necesidad de leer el expediente para conocer tu historia podrás venir al Juzgado”, aseguró.
“Querida M.: Soy Lorena, la jueza a la que hoy le toca escribir en un pedacito de papel tu historia de vida. Quiero contarte que a partir de hoy vos sos formalmente hija de C. y H. y que los tres conforman una familia, por eso vas a llevar el mismo apellido que ellos”, así comienza la carta que Lorena Hruza, jueza de Niñez, Adolescencia y Familia Nº 2 de Sáenz Peña escribió a una niña de casi dos años, para que conozca cómo se produjo su adopción plena por parte de una nueva familia.
La magistrada utilizó un lenguaje claro tanto en la carta que escribió para la pequeña, como en el resto de la sentencia, con el objetivo de que cuando M sienta la necesidad de conocer su historia, pueda leer el expediente y entender por qué tomó la decisión de incluirla formalmente en el hogar y la familia que la eligieron como su hija.
La sentencia está ordenada en títulos y explica paso a paso como se desarrolló el proceso al que la ley llama adopción. Primero repasa los antecedentes del caso y cómo se inició el proceso en que se declaró la situación de adoptabilidad, la autorización del vínculo con el matrimonio y la aprobación de la guarda con fines adoptivos.
Luego analizó si correspondía crear un vínculo adoptivo entre la niña y los pretensos adoptantes, destacó la importancia del derecho a conocer su origen y puso en cabeza de los padres la responsabilidad de hacerlo efectivo.
Más adelante aprobó la sustitución del segundo nombre de la menor de edad porque tal decisión no afecta su derecho a la identidad ni el respeto a su biografía.
Finalmente los declaró como hija, madre y padre, y que los tres conforman una familia. La adopción plena, dijo Hruza, “es la que mejor se ajusta a su interés superior, creándose vínculos de parentesco con todos los miembros de la familia, trasladando al plano jurídico la realidad familiar”.
La carta completa
«Querida M.: Soy Lorena, la jueza a la que hoy le toca escribir en un pedacito de papel tu historia de vida. Quiero contarte que a partir de hoy vos sos formalmente hija de C. y H. y que los tres conforman una familia, por eso vas a llevar el mismo apellido que ellos. Ahora tu nombre será M. E. C. S. y así se va a escribir en tu acta de nacimiento, en tu documento de identidad y en todos tus papeles. Este trámite se llama adopción plena y significa que se corta todo vínculo con tu familia de sangre y vos pasas a ser hija de C. y H., entonces sos nieta de los papás de ellos (tus abuelos), sobrina de los hermanos de ellos y prima de «Rafa» y otros primos. Si bien hoy todavía sos muy pequeña (pronto vas a cumplir 2 años) quiero decirte que, en un futuro, cuando crezcas y sientas la necesidad de leer el expediente para conocer tu historia podrás venir al Juzgado a ver el expediente. Me despido deseándote una infancia llena de sueños, amor y felicidad. Con cariño, Lorena».