A través de un fallo firmado ayer, la jueza Adriana Fiori, titular del Juzgado Civil y Comercial 8 de Misiones, ordenó la inmediata suspensión de lo dispuesto en el capítulo I – Instituto Nacional de la Yerba Mate (Ley 25564) -artículos 164 al 168- del DNU 70/2023 y de toda normativa o acto dictado en su cumplimiento específicamente, a fin de que no se modifiquen ni alteren la estructura, funciones y atribuciones del Instituto Nacional de la Yerba Mate de conformidad con el texto original de la Ley 25564, hasta tanto se dicte sentencia respecto del fondo.
En el mismo acto, la magistrada se inhibió y remitió la causa al Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de Posadas.
La medida judicial versa sobre un amparo presentado por un grupo de pequeños productores de yerba mate buscaba habilitar la feria judicial para que se declare la inconstitucionalidad del DNU y «de toda normativa o acto dictado en su cumplimiento».
En este, los productores alegaron que está en riesgo «cierto e inminente el derecho a la salud de miles de productores yerbateros y sus familias», como beneficiarios del Convenio de Cobertura de Salud Integral celebrado el 20/04/22 entre el gobierno de la provincia y el Inym.
LA PROVINCIA AVANZA SOBRE EL DNU
Por su parte, la Fiscalía de Estado de Misiones mantiene vigente un pedido similar con una medida cautelar de no innovar con la finalidad de que el Estado nacional «se abstenga de aplicar en su texto integral el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 y, en especial, que se abstenga y/o cese de aplicar, emitir, realizar, resolver y/o ejecutar toda norma o acto que derive de su vigencia o que fuere dictado en su cumplimiento, en relación a las modificaciones introducidas al texto de la Ley 25564 de creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate conforme lo dispuesto en los artículos 164, 165, 166, 167 y 168 del citado DNU».
Según el planteo de la provincia, la nueva regulación dejaba al organismo sin el manejo de recursos y le impedía fijar precios.
En este caso, el juez federal Alejandro Gallandat, subrogante del Juzgado Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de Posadas, resolvió que al estar involucrada una provincia contra el Estado nacional debe ser la Corte Suprema la que decida sobre la cuestión de fondo: si el DNU es o no constitucional.
«Al ser una provincia parte en un proceso y tener manifiesto contenido federal, el caso se revela como aquellos reservados a la jurisprudencia originaria del máximo tribunal del país», sostuvo el juez federal.