El gobierno nacional presentó un proyecto de ley para introducir la modalidad de juicio en ausencia. A tres días del aniversario número 30 del atentado terrorista a la sede de la Amia, el oficialismo propuso una iniciativa que busca modificar el Código Procesal Penal, aprobado por Ley 23984, y el Código Procesal Penal Federal, para poder juzgar a imputados que no se encuentran presente en el proceso.
«La regulación actual del proceso penal no admite arribar a una decisión definitiva si el imputado se encuentra ausente. Esto es particularmente problemático en casos de graves violaciones a los derechos humanos ante los cuales la sociedad tiene un interés legítimo e irrenunciable en conocer la verdad», señalan los fundamentos del proyecto.
«Permitir el juicio en ausencia en estas circunstancias podría contribuir a satisfacer este interés público, al garantizar que los procesos judiciales avancen incluso cuando el acusado no comparezca en el tribunal», remarcaron.
La iniciativa del Gobierno lleva la firma del presidente Javier Milei; del jefe de Gabinete, Guillermo Francos; de los ministros Patricia Bullrich (Seguridad) y Mariano Cúneo Libarona (Justicia), que fue el principal encargado de desarrollar la iniciativa.
CONDICIONES
PARA SU APLICACIÓN
De acuerdo al texto, el juicio en ausencia solo podrá ser llevado adelante en causas que cumplan con una serie de requisitos. En primer lugar, el imputado debe ser declarado rebelde, es decir «conociendo la existencia del proceso en su contra no se presentare, no respondiere, no acatare o eludiere los requerimientos de la autoridad judicial».
También si «se hubieren hecho intentos razonables por tenerlo a derecho» durante cuatro meses «desde el dictado de una orden de captura nacional o internacional», sin poder dar con su paradero.
Otro de los criterios para aplicar el juicio en ausencia se daría en caso de que «el requerimiento de extradición formulado por la República Argentina a un país extranjero sea denegado o no tenga respuesta en el plazo establecido, siempre que el Poder Ejecutivo nacional no hubiese admitido el juzgamiento en aquel país».
Para garantizar el derecho a la defensa del imputado que decidiera no presentarse, aquel que «no tuviere defensor, el juez le designará uno de oficio».
DETALLES DEL PROCESO
Según precisa el proyecto presentado por el oficialismo, el juicio en ausencia contempla que «en cualquier etapa del proceso el imputado podrá designar un defensor de su confianza.
Durante el proceso en ausencia no será requerida la presencia del imputado para ningún acto procesal. Los derechos conferidos al imputado por este Código y por otras leyes aplicables serán ejercidos por su defensor».