A partir de una iniciativa de la diputada Andrea Charole se sancionó la Ley cuyo objeto es regular el proceso de adopción de los canes que formen parte del patrimonio de la Policía de la provincia del Chaco y estén en condiciones de ser retirados de sus tareas de servicio policial.
La Ley Nº 4068-A establece como requisitos que: el domicilio que el adoptante comparta con el perro, debe tener un perímetro cerrado y seguro, que no dé lugar a posibles escapes del ejemplar canino y debe tener un espacio de mínimo 4 metros cuadrados de solo tierra, pasto o césped, todo esto natural, donde el perro pueda recrearse y descansar. Además en dicho domicilio, se debe generar un espacio en el cual el can se sienta cómodo y seguro, destinado solo para él.
Otro de los requisitos es que el titular, tenedor, tutor o responsable del can, debe estar en condiciones de costear un alimento balanceado de buena calidad, que entre sus propiedades alimenticias contenga más del 14% de proteína de origen animal o proveer una alimentación que contenga 70% de proteínas y grasas, y 30% de carbohidratos y minerales, con las cantidades relativas al peso y talla del animal. Asimismo, el can debe tener a disposición agua limpia, a temperatura ambiente, las 24 horas del día y los desechos fecales del perro deben ser recogidos en forma diaria, sin excepción.
Además el can debe ser paseado correctamente, debiéndose ajustar de ser necesario a lo dispuesto por la ley 1.934-A, Decreto Reglamentario 2.427/2015, mínimo 1 hora por día, alternando horarios y lugares, para estimularlo física y psicológicamente. En caso de que el adoptante viva en departamento el paseo diario se extenderá a una hora y media, sin excepción, y comprometerá un juego con pelota, mordillo o cualquier otro elemento que para el can sea entendido como juguete o juego.
Al perro se le debe garantizar la exposición a la luz solar y en caso de inclemencias climáticas, temperaturas muy bajas o altas, un lugar seguro y protegido donde pueda mantener su temperatura corporal dentro de los parámetros normales. También el can debe tener atención veterinaria cada vez que lo necesite y un plan sanitario completo.
En cuanto al proceso de adopción se establece que la autoridad de aplicación confeccionará un cuestionario de pre-adopción que el postulante deberá rellenar personalmente y remitirlo a un correo electrónico creado a tal efecto. Una vez analizado el cuestionario, se procederá junto con los guías de los canes, a valorar si el perfil del postulante es adecuado para alguno de los perros en estado de adopción Si ocurriera que, analizado el cuestionario, surgiera que el perfil del postulante es favorable pero no para los perros en adopción en ese momento se lo mantendrá a la espera de otro ejemplar más adecuado. Cualquiera de estos aspectos le será comunicado al postulante.
Sobre el proyecto, la diputada Andrea Charole expuso que “el mismo está radicado en la Comisión de Legislación General y pretende regular el proceso de adopción de los canes que forman patrimonio de la Policía de la provincia en condiciones de ser retirados de sus tareas de servicio policial. Fue ampliamente trabajada con el Comisario Mayor Altamirano quien esta presente en el recinto, ex Jefe del Departamento de Canes a quien agradezco el compromiso y loa predisposición brindada”.
Agregó que “la propuesta surge a partir de la inquietud de brindar a los perros familias donde los amen y cobijen juego de sus años de servicio a la comunidad ya que la vida útil de un can es de entre diez y doce años y entre los cuales 7 y 8 son de servicio de búsqueda de personas, busca de rastros o de narcóticos, comienzan su adiestramiento desde cachorros y se les asigna un adiestrador o guía . Actualmente la policía con 35 canes en servicio y 26 en el Departamento de Canes, 3 en el Cuerpo de Operaciones Especiales y 7 en la Dirección de Consumos Problemáticos. Conocí a los agentes y oficiales, converse con ellos y fui testigo del compromiso de los mismos, por eso pido la aprobación de la ley”.