La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa) manifestó su profunda preocupación por la reciente publicación del decreto 780/2024 del Poder Ejecutivo de la Nación, que modifica la reglamentación de la Ley 27275, promulgada en 2016 y conocida como la Ley de Acceso a la Información Pública.
A través de un comunicado, la entidad advirtió que el decreto introduce cambios que podrían afectar seriamente los principios constitucionales e internacionales que garantizan el acceso a la información pública.
Por otra parte, la Adepa alertó que las nuevas excepciones incorporadas por el gobierno, debido a su amplitud y falta de claridad, podrían permitir que los funcionarios eludan su obligación de brindar acceso a información pública.
Estas excepciones podrían justificarse bajo argumentos genéricos como «daños y perjuicios» o invocando un supuesto «interés público», dejando a discreción de los funcionarios la decisión de qué información divulgar.
IMPACTO EN LA TRANSPARENCIA
Por otra parte, la Adepa dijo que estas restricciones no solo vulneran los principios establecidos en la ley, sino que también podrían derivar en interpretaciones restrictivas, incompatibles con los derechos consagrados tanto en la Constitución Nacional como en los tratados internacionales.
Los cambios introducidos por el decreto permiten múltiples lecturas que podrían utilizarse para restringir el acceso a información relacionada con el desempeño de los funcionarios públicos y el uso de recursos estatales.
Entre los principios fundamentales de la Ley de Acceso a la Información que el decreto podría desvirtuar figuran la presunción de publicidad, la máxima divulgación, el máximo acceso, el alcance limitado de las excepciones y el principio de in dubio pro petitor (es decir, que ante la duda, se debe fallar en favor del peticionante).
CAMBIOS PREOCUPANTES
Uno de los cambios más significativos introducidos por el decreto es la redefinición de qué se considera «información pública». Según la nueva reglamentación, no se incluirán como información pública aquellos datos de carácter privado generados o custodiados por personas o entidades privadas, o aquellos que no tengan un «interés público comprometido». Esta nueva definición podría excluir una gran cantidad de información que, en el texto original de la ley, debía estar accesible al público, lo que limita considerablemente el acceso a información vinculada a la gestión pública.
La Asociación de Entidades periodísticas reconoce que, si bien los funcionarios tienen derecho a la privacidad y en ocasiones es necesario proteger cierta información por razones de seguridad o defensa, estas situaciones deben ser excepcionales. El uso indiscriminado del secreto puede erosionar la responsabilidad pública de las autoridades y socavar las bases republicanas del país.
RIESGOS EN LA REINTERPRETACIÓN
Otra de las modificaciones que despierta preocupación es la nueva interpretación del término «documento». El decreto establece que «las deliberaciones preparatorias y papeles de trabajo, o el examen preliminar de un asunto, no serán considerados documentos de carácter público», lo que amplía la excepción ya contemplada en la Ley 27275 y permite a la administración pública ocultar deliberaciones internas que antes podían estar sujetas a escrutinio.
Asimismo, la Adepa sostiene que esta ampliación de las excepciones podría dar lugar a que una gran parte de las actuaciones gubernamentales, que deberían ser públicas, queden excluidas del acceso ciudadano. La falta de precisión en los términos utilizados en el decreto es un riesgo significativo, especialmente cuando se trata de regular libertades fundamentales como la de expresión y de prensa.
Finalmente, solicitó que el Poder Ejecutivo revise estas nuevas disposiciones reglamentarias, ya que considera que desvirtúan los preceptos fundamentales de la Ley 27275, así como la Constitución nacional y los estándares interamericanos de derechos humanos.