Con los alegatos de las partes concluyó en la ciudad de Charata el juicio oral y público por la muerte en custodia de Leandro Bravo, al que llegaron cuatro agentes policiales acusados por los delitos de tortura seguida de muerte y falsedad ideológica. En ese contexto, la Cámara en lo Criminal de Charata presidida por el juez Juan Carlos Clauter anunció que el veredicto será dado a conocer el próximo 12 de noviembre, a las 10.
Lo que caracterizó la jornada de alegatos fue la sorpresa e indignación que provocó la fiscal de Cámara, Silvana Rinaldis, quién no solo no sostuvo la imputación con la cual los acusados llegaron a juicio, criticando la investigación de su par, la fiscal de Derechos Humanos Adjunta, Silvia Slusar, sino que además pidió que los cuatro policías sean absueltos de todos los cargos, según publicó el portal Ligitio. El eje del alegato de la funcionaria fiscal fue que los policías quisieron proteger a Bravo y que el procedimiento fue una detención normal de las miles que se hacen a diario en la provincia del Chaco.
Rinaldis tildó de “débil” la acusación de su par Slusar y afirmó que todos los peritos fueron concluyentes sobre el mal estado de salud de Bravo, que para ella fue la causa principal de su muerte.
En ese sentido, señaló que fueron el consumo de alcohol y de las sustancias y su estado de salud los que ocasionaron la muerte, afirmando que no se probó “en ningún momento” que los cuatros policías acusados hayan generado una acción que se pueda calificar como tortura.
No obstante, la fiscal omitió referirse a las quemaduras que Bravo presentaba en sus hombros y que, en sus testimonios, la directora del Instituto de Medicina y Ciencias Forenses (IMCiF) del Poder Judicial, Gabriela Lamparelli, y su colega Eduardo Schelover afirmaron que fueron producidas por el calor del capot del móvil policial en la infernal siesta del 26 de febrero de 2022.
Para Rinaldis, en los videos se ve que los oficiales sostienen a la víctima, pero aseguró que ningún perito pudo determinar con qué intensidad. Se sostuvo para su argumentación en la primera autopsia realizado por los médicos Hugo Rodríguez y Daniel Gurman, bajo la presión del ex fiscal Hugo Baigorrí, y también en los testimonios de los experitos policiales Jorge Villaverde y Anastasio Valenzuela.
Prefirió volcarse por las “conclusiones” de los peritos varones que favorecían a las defensas descartando las de la directora del IMCiF y de la perito de la querella, Virginia Creimer, de acuerdo a lo publicado por el portal judicial, a través de su enviada especial, la periodista Valeria Romero.
Para Rinaldis, las condiciones que rodearon la detención fueron las “normales” y que fue un procedimiento al igual que miles de otros que se dan en la provincia.
Por otro lado, utilizó de manera sesgada la declaración de la testigo Beti Scalone para descartar la imputación por falsedad ideológica contra el imputado Fleitas Noguera. Lo hizo a pesar de que durante el juicio oral la vecina reveló que fue obligada por ese agente policial a denunciar un supuesto intento de robo por parte de Bravo para que eso permitiese justificar el desproporcionado operativo policial que desembocó en el fallecimiento.
Asimismo, la fiscal de Cámara omitió sistemáticamente las precarias condiciones en las que se realizó la primera autopsia y ni siquiera mencionó las múltiples lesiones que se constataron en el cuerpo de Bravo. Así, tomó las lesiones del mentón como si se las hubiera autoinflingido, lo que se contradice con el estado de salud general del fallecido, quién fue visto descompensado por la enfermera de sanidad, quién también relató que llegó con signos de lividez a la guardia.
La intervención de la fiscal Rinaldis fue celebrada por los abogados de los imputados, ya que su alegato también fue funcional para desacreditar fundamentalmente las conclusiones de la reautopsia que se realizó de acuerdo al Protocolo de Minnesota, que se utiliza para los casos de muertes en custodia de fuerzas de seguridad.
Así, la representante de la acusación pública terminó pidiendo la absolución de los cuatro imputados.
Polémica por la posición de la fiscala Silvana Rinaldis
Las querellas se mostraron asombradas por la actuación de la fiscal Rinaldis y la “normalización” de los procedimientos de detención violentos contra personas desarmadas y que no representan peligro para terceros, como el caso de Leandro Bravo.
Para el abogado querellante por la familia de Bravo, Jorge Ferronato, Leo sufrió “la peor tortura, que son los tratos inhumanos y a la vista de todos”. Que antes del hostigamiento de Fleitas Noguera, el joven se encontraba lúcido, tranquilo, como lo contaron los testigos que estuvieron con él antes del hecho juzgado.
El letrado enfatizó que en ningún momento se mostró agresivo y eso se pudo apreciar en los videos, cuando corría escapando del hostigamiento de Fleitas Noguera, que lo perseguía a bordo del móvil. Tampoco se explicó por qué la fiscal Rinaldis obvió referirse a las lesiones que tenía Leo en su cuerpo y que de los testimonios se pudo saber que sólo pedía ayuda.
Ferronato hizo hincapié en que la persecución se realizó sin causa legal, sin flagrancia y sin orden, con un sufrimiento físico y psíquico innecesario para Bravo, quién a todas luces demostraba hallarse en un estado de vulnerabilidad. Que acudieron los cinco patrulleros disponibles ese día en la ciudad de Charata a ayudar en la reducción de Bravo, quién había estado corriendo con más de 40 grados de temperatura y por un lapso de más de 30 minutos. El abogado cuestionó que la fiscal hizo un recuento cuantitativo de la opinión de los peritos dejando de lado la prueba realizada con mayor calidad que fue la dirigida por la doctora Lamparelli, en la cual se pudo aplicar el Protocolo Minnesota. Así, se refirió a una cadena de impunidad que comenzó con la actuación del primer fiscal de la causa, quién luego debió excusarse por enemistad manifiesta.
Por su parte, el abogado del Comité para la Prevención de la Tortura, Roberto Sotelo, manifestó estar “tristemente sorprendido” por la actuación del Ministerio Público Fiscal. “Es decepcionante el rol de la fiscal de Cámara”, afirmó, y advirtió que no entendía cómo pudo valorar de esa manera la prueba contundente que se mostró a lo largo de las audiencias.
Sotelo recordó que Rinaldis ya tiene reproches en otras causas por el elegir el mismo camino: no acusar y pedir la absolución de los imputados. En esas oportunidades, el llamado de atención fue del propio Superior Tribunal de Justicia que ordenó la realización de juicios que terminaron condenas para los acusados.
Para la querella del Comité, no quedaron dudas de que Bravo fue perseguido, aprehendido y asfixiado, sosteniendo la acusación de la fiscal Adjunta en DDHH. Ahondó en posición de la fiscal de Cámara calificándola de “sesgada” y “subjetiva” y valorando la autonomía de la querella para poder acusar.
“¿Quién no le va a tener miedo a la policía si la fiscal no acusa? En estas condiciones es imposible cumplir la tarea de prevenir la tortura”, afirmó Sotelo.
El abogado querellante insistió en que la fiscal Rinaldis se hizo ninguna mención a las múltiples lesiones por el arrastre y las del hombro, que Lamparelli y Gurman consideraron que fueron dolorosas en tanto se trataba de quemaduras contra el capot del móvil policial cuya temperatura a esa hora de la siesta se estima rondaba los 150 grados.
Por último, alegó el abogado de la Subsecretaría de Derechos Humanos, German Dellamea, quién coincidió en términos generales con las anteriores querellas: que con su accionar indebido los policías provocaron la muerte de Leo Bravo. En ese contexto, coincidió con el Comité que la policía tiene un deber de cuidado y que Fleitas debía conocer que con su accionar podía ocasionar un daño. “Su actuar fue antirreglamentario, sin orden judicial, y no le importó, siguió adelante”, afirmó.