De no mediar alguna eventualidad, Dolly Fernández será la jueza técnica del juicio por jurados en el cual se ventilará el caso por el femicidio de Cecilia Strzyzowski, uno de los hechos criminales más resonantes de la historia judicial reciente del Chaco.
La elección de Fernández se dio el miércoles en una audiencia que fue transmitida en vivo por el canal de YouTube de la Oficina de Juicio por Jurados Chaco. Esta se realizó de manera virtual mediante un sorteo a través del Sistema de Registración de Sentencias. En ella estuvieron presentes el Equipo Fiscal Especial, los abogados de los acusados y los de la querella.
La magistrada no fue la primera opción. Se recuerda que, tras ser elegido el viernes pasado para ser el juez técnico, Ernesto Azcona presentó un escrito ante sus pares de la Cámara Tercera en lo Criminal, donde planteó su inhibición.
Argumentó que no podía dirigir las audiencias debido a que fue testigo en una causa por supuestas amenazas que tiene como acusada a Marcela Acuña, imputada como partícipe necesaria del crimen de su nuera. Aclaró, sin embargo, que su participación en la etapa de instrucción no debería ser causal de apartamiento.
SU HISTORIAL
Dolly Fernández (50)nació en Corrientes, pero vivió toda su infancia y adolescencia en Villa Ángela, de donde son oriundos sus padres, tal se desprende de un informe especial que publicó el portal judicial Litigio.
Estudió Derecho en la Universidad Nacional del Nordeste (Unne), de donde egresó con el título de abogada en 1997. Posteriormente se recibió de escribana.
Ejerció la profesión libre durante poco más de seis años. En ese tiempo, llevó adelante distintos tipos de causa en múltiples ramas del Derecho. Se desempeñó como asesora de la Legislatura provincial (2001 – 2003) y de la Municipalidad de Villa Ángela (2003 – 2004).
Ingresó al Poder Judicial en 2004, como secretaria de Primera Instancia del Juzgado de Instrucción 5. En 2008, se desempeñó en el cargo de secretaria de la fiscalía de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional.
En 2009, juró como fiscal de Investigación Penal 6 de Resistencia. Seis años más tarde, asumió como fiscal de la Cámara del Crimen 2. Y desde mayo de 2019 hasta la actualidad, se desempeña como jueza camarista.
La magistrada estuvo a punto de dejar su cargo para formar parte del Ejecutivo provincial.
Su nombre se barajó para ocupar el lugar de ministra de Justicia durante el gobierno de Domingo Peppo. En ese entonces, su marido, Edilberto Núñez, ya integraba el gabinete en calidad de vocal de Lotería Chaqueña. Finalmente, su pase no se dio.
Las decisiones judiciales que trajeron polémicas
En septiembre de 2023, mientras se realizaba la audiencia pública del concurso para elegir al nuevo integrante del Superior Tribunal de Justicia (STJ) -cargo para el cual se postuló-, Fernández protagonizó un tenso momento.
María Belén Sequeira impugnó la posible designación de la magistrada al cuestionar su desempeño como fiscal penal, puntualmente en el archivo de la causa por el femicidio de su hermana.
El caso de Yanina Sequeira fue paradigmático. El 21 de marzo de 2015 fue encontrada muerta en su cama del departamento de la Fundación Valdocco que compartía con su ex, Adrián Morel, en General Vedia. Su bebé, de tan solo seis meses, estaba con vida junto ella.
La causa fue caratulada como muerte dudosa y dos meses después se decidió el archivo, debido a que a la pericia forense dictaminó que se trató de una «muerte súbita». Quien tomó la decisión de archivar las actuaciones fue Fernández, en ese momento fiscal Penal 6.
Un año más tarde, la familia logró desarchivar el caso y en 2019 el expediente llegó al Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) que determinó que Yanina había sido asesinada.
Finalmente, en marzo de 2022, siete años después del crimen, Morel fue condenado a prisión perpetua en el primer juicio por jurados por un caso de femicidio en el Chaco.
Durante la audiencia pública por el concurso del STJ, María Belén Sequeira relató lo que tuvo que atravesar su familia para exigir que se haga justicia y recordó que su padre murió en ese proceso. «Por la depresión y la angustia que tenía, mi papá perdió la vida», contó.
«No quiero esto para el Chaco ni para ninguna familia. Lamentablemente fue la fiscala de ese momento, Dolly Fernández, quien dictaminó esto, sin revisar la causa de mi hermana y a las tres horas que le dieron la autopsia dictaminó una muerte natural. Y así la causa se fue al archivo», relató.
Inmediatamente después, Fernández tomó la palabra. En primer lugar, se solidarizó con la joven por lo que le sucedió a su hermana. «Comparto tu dolor, la angustia y la pena. Como cualquier mujer sentiría eso», dijo.
Mencionado esto, consideró que su actuación en la causa fue correcta ya que se basó en el informe del forense. Además, comentó que tiempo después fue trasladada y no pudo continuar con el trámite de ese expediente. «Si después se pudo hacer una pericia posterior, ese trabajo ya no estaba en mis manos», aseveró.
EL CASO FOLLNER
En marzo del año pasado, la Sala Segunda en lo Criminal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) del Chaco anuló la sentencia dictada por Dolly Fernández que absolvió al cabo de la Policía del Chaco, Fernando Follmer, en el juicio por el asesinato por la espalda de Benjamín Fernández, en un caso de gatillo fácil ocurrido en agosto de 2018, y ordenó a la Cámara Segunda en lo Criminal dictar un nuevo fallo, con una integración distinta.
Posteriormente, Follmer acordó un juicio abreviado y recibió una pena leve, de tres años de prisión.
«La decisión que aquí se adopta no importa abrir juicio sobre el fondo del asunto, sino que la sentencia recurrida no resultó válida para sustentar una decisión definitiva -en este caso absolutoria- en la causa», indicó en su voto el juez del STJ, Victor del Río, el cual fue respaldado por su par, Emilia Valle.
«Ello, pues en la resolución impugnada se verifica el apartamiento de constancias comprobadas de la causa, la omisión de tratamiento de cuestiones sustanciales, así como contradicciones y valoraciones sesgadas, defectos que impiden considerarla como un acto jurisdiccional valido», añadió en la sentencia que tiene fecha del miércoles.
«Esta anulación -sostuvo Del Río- conlleva el reenvío de las actuaciones para que otro tribunal sustancie un nuevo debate y evalúe nuevamente las probanzas colectadas en autos conforme a las pautas indicadas en esta decisión».
Asimismo, el juez advirtió que la jueza Fernández partió de un posicionamiento «carente de objetividad al momento de analizar la prueba, apartándose del rol imparcial y ausente de preconceptos; lo cual convierte a tal decisorio en inválido».
Se recuerda que, en su sentencia, la magistrada afirmó que el 9 de agosto de 2018, siendo aproximadamente las 21.20, Benjamín Fernández ingresó al patio de la vivienda de Follmer, pasaje Franklin 3164, con la intención de robarle su moto. El policía escuchó ruidos y salió para evitar que se lleven su vehículo.
Al ver que Follmer desenfundó su arma, Benjamín decidió desistir del robo y arrojó la moto. Pero en el momento en que se aprestaba a huir del lugar junto a otro cómplice, recibió un balazo.
El disparo salió del arma reglamentaria de Follmer, ingresó por la parte posterior de la cabeza de Benjamín y salió por la frente, a una distancia de 15 metros y en dirección de abajo hacia arriba. Por la espalda.
Para la jueza, este no fue un caso de gatillo fácil, sino que Follner defendió de un robo.