¿Se están aplicando torturas psicológicas en las cárceles chaqueñas? Al menos eso se desprende de la presentación realizada por el Comité para la Prevención de la Tortura en el caso del exdirector del Instituto de Agricultura Familiar y Economía Popular (Iafep), Carlos Mauricio Andión.
El exfuncionario se encuentra en prisión preventiva en el marco de una causa en la que se lo investiga por presuntos hechos de corrupción durante su paso al frente del organismo que tenía a su cargo la gestión de los recursos para las cooperativas.
La pareja de Andión denunció ante el Comité que «las condiciones de detención a la que se encuentra sometido son infrahumanas, no cuenta con agua para higienizarse, convive con diferentes insectos, no tiene salidas a patio, ni acceso a teléfono para poder comunicarse con su abogado y/o familiares».
Además, reveló que «actualmente se encuentra en una situación de angustia por la situación a la que se encuentra sometido, recibiendo constantemente expresiones que afectan su psiquis, según publicó el portal judicial Litigio. Que las requisas a la que se halla sometido, son extremadamente violentas, le rompen sus pertenencias, le desordenan todo su especio. Que en todo momento lo hostigan».
A partir de la denuncia recibida, el Comité para la Prevención de la Tortura tomó intervención y el detenido fue entrevistado por una de las profesionales del organismo, quien le diagnosticó un cuadro de descompensación de tipo traumático, que produce alteraciones significativas poniendo en riesgo su salud mental, con ideas suicidas permanentes y sostenidas.
Labilidad emocional con cuadro severo de angustia y arrasamiento subjetivo, y que de continuar en esta situación se pondría en riesgo su integridad psicofísica.
En función de ese dictamen, el organismo se presentó ante el Equipo Coordinador D, integrado por los fiscales Graciela Griffith Barreto, Francisco Asís De Obaldía Eyseric y Víctor Recio, recomendando «promover medidas y/o acciones judiciales de manera urgente o estratégicas para la protección de personas privadas de la libertad, cuando en el marco de una visita o de una denuncia se advierta una situación de tortura o malos tratos; se sugiere la adopción de medidas tendientes a garantizar la dignidad de la persona privada de libertad, debiendo tener presente las particulares circunstancias de la causa, analizando de manera individualizada la situación específica del caso y la inexistencia o existencia del peligro procesal».
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