El Gobierno oficializó este martes, mediante la Resolución Nº 57 publicada en el Boletín Oficial, los cambios derivados de la desregulación del transporte de pasajeros de larga y media distancia.
La medida permite a transportistas y empresas fijar libremente precios, horarios, recorridos, modalidades y duración de los servicios, marcando un giro hacia una mayor liberalización del sector.
A partir de mañana, los interesados en ofrecer estos servicios —ómnibus, combis y automóviles— podrán registrarse en la plataforma Trámites a Distancia (TAD). Allí deberán presentar información actualizada sobre sus servicios, tal como lo indicó la Secretaría de Transporte.
La iniciativa unificará los registros bajo el Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros (RNTAP), facilitando mayor comodidad y transparencia en la gestión de datos.
El ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, destacó en su cuenta de X la importancia de la medida: «A quienes posean vehículos grandes o pequeños, con seguro y revisión técnica aprobada, los invitamos a convertirse en proveedores de transporte de pasajeros. La resolución 57 permite una operación completamente flexible, adaptada a las necesidades actuales del mercado».
Sturzenegger agregó que esta medida responde a la agenda de libertad económica impulsada por el presidente Javier Milei, promoviendo la competencia entre operadores y una mayor oferta de servicios.
Cambios clave en la normativa
Flexibilidad en los puntos de partida y llegada: los vehículos podrán iniciar o finalizar sus trayectos en cualquier terminal, realizando paradas según la demanda.
Mantenimiento de estándares de seguridad: se mantienen las exigencias en seguridad vial, higiene, accesibilidad y revisión técnica vehicular para cada tipo de vehículo.
Libertad operativa: transportistas podrán modificar recorridos y horarios de forma dinámica, sin limitaciones en la frecuencia de cambios.
Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros (RNTAP)
La resolución establece la creación del RNTAP, un sistema público y gratuito que centraliza la información de los servicios de transporte. Los transportistas deberán proporcionar los siguientes datos:
-Formulario de registro de transportistas o empresas.
-Declaraciones juradas sobre flota y conductores.
-Documentación del título de propiedad o contratos de leasing de los vehículos.
-Pólizas de seguros actualizadas.
-Detalles de los servicios: capacidad de transporte, itinerarios, paradas, frecuencia y destinos.
Una vez completado el registro, el Gobierno emitirá un Certificado de Alta de Transportista en un plazo de cinco días hábiles. Este certificado es obligatorio para ofrecer servicios al público, y aquellos transportistas que ya operan tendrán un plazo de 60 días corridos para declarar sus servicios en el RNTAP.