El ministro de Hacienda y Finanzas, Alejandro Abraam, detalló la serie de beneficios con los que cuentan los comerciantes y los contribuyentes inscriptos en los Impuestos a los Ingresos Brutos.
«Desde el primer día, las instrucciones del gobernador Leandro Zdero fueron de apostar al crecimiento productivo y buscar el desarrollo económico de la provincia con el compromiso de reducir los costos para los productores y comerciantes chaqueños», remarcó el funcionario.
Contó que se prorrogó la Ley 2266, la cual cuenta con incentivos para promover el cumplimiento de las obligaciones tributarias provinciales y así mantener o aumentar el empleo formal para contribuyentes inscriptos en Ingresos Brutos cuyas ventas anuales netas superen lo determinado por resolución de ATP.
Además, establece una bonificación de hasta 20% en el pago de anticipo mensuales de Ingresos Brutos para aquellas empresas que demuestren el cumplimiento formal y pago del impuesto, como también el cumplimiento de aportes al Fondo de Salud Pública de los últimos 3 meses anteriores a la solicitud de acogimiento. «Esto debe ser reglamentado por ATP, se va a establecer el importe de ventas anuales necesario para acceder al beneficio», explicó.
Beneficio Incentivo Fiscal Ley 2077-F: bonificación del 10% del Impuesto sobre los ingresos brutos, se aplica a los pequeños y medianos contribuyentes que cumplan durante 3 meses consecutivos y no registren deudas.
En ese sentido, el ministro Abraam recordó que la provincia fue la primera en establecer la eximición de ingresos brutos para aquellos que inicien nuevas actividades. «Estamos analizando la prórroga porque es un beneficio que se otorgaba por 1 año», destacó.
Otros de los beneficios importantes otorgados son el Impuesto Inmobiliario Rural, para aquellos que tengan hasta 500 hectáreas, quienes están eximidos de los impuestos inmobiliarios rurales. Esta medida significó un alivio tributario de $27 millones.
Destacó también que sigue vigente la Ley 1353-E o Ley de Mecenazgo, que establece que quienes sean benefactores, donantes o patrocinadores de proyectos culturales, podrán deducir el monto aportado hasta el 10% de Ingresos Brutos por año calendario.
Por otro lado se refirió al Programa de Incentivo para el Desarrollo de Proveedores Locales, donde los contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos Brutos que adquieran productos de demanda final elaborados por los beneficiarios incluidos en el programa, podrán reducir de su base imponible el 100% del importe neto.
«Estos son todos beneficios que colaboran y buscan fomentar la actividad económica dentro del Chaco», concluyó.
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