El Tribunal Oral Federal (TOF) de Resistencia rechazó la concesión de salidas transitorias al ex comandante de Gendarmería Nacional, Horacio Rafael Domato, quien cumple una condena a 25 años de prisión por delitos de lesa humanidad cometidos en Formosa durante la última dictadura cívico-militar.
Así lo resolvió el juez a cargo de la ejecución penal, Eduardo Belforte, ante una solicitud de la defensora oficial, quién consideró que el represor cumplía con los requisitos de la ley para acceder a ese beneficio, entre ellos, haber cumplido la mitad de su condena.
En una resolución firmada el 21 de enero último (que publicó el portal judicial Litigio), el juez Belforte se basó en un dictamen del Ministerio Público Fiscal (MPF) que determinó que, a pesar de haber cumplido la mitad de su condena, no correspondía hacer lugar al pedido de incorporación de Domato al régimen de salidas transitorias, ya que debería estar incorporado al período de prueba de la progresividad del régimen penitenciario para acceder a un régimen de semilibertad, según lo dispuesto en el artículo 34 inciso A) del decreto 396/99, pero el condenado fue recientemente incluido en el período de observación desde el 26 de diciembre de 2024.
Asimismo, el Consejo Correccional del Instituto Penal Federal U34 Campo de Mayo del Servicio Penitenciario Federal (SPF) se reunió el pasado 7 de enero y resolvió de manera negativa la solicitud de Domato, «por no contar el condenado con todos los requisitos que estipula la normativa específica, no obstante ponderar positivamente la conducta del causante -ejemplar diez (10)- y el cumplimiento de los distintos aspectos y actividades propuestas por las diferentes áreas de tratamiento del establecimiento».
LA CONDENA
En diciembre de 2016, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Formosa condenó a Domato a la pena de 25 años de prisión por encontrarlo coautor responsable de los crímenes de asociación ilícita, privación ilegal de la libertad agravada, tormentos agravados y tormentos agravados seguidos de muerte, hechos que calificó como «delitos de lesa humanidad en el marco de un plan genocida», y ordenó la realización de una «excavación minuciosa» en los terrenos, donde funcionó el centro clandestino de detención La Escuelita, a fin de procurar el hallazgo de restos humanos de las personas cuya desaparición fuera juzgada en el presente debate».
Los jueces Ángel Nardiello (presidente), Gabriel Vega y Hugo Decaria aplicaron así la pena que habían requerido los fiscales Luis Benítez y Marisa Vázquez en su alegato.
La condena fue por los delitos de asociación ilícita en concurso real con privación ilegal de la libertad agravada en 26 hechos, tormentos agravados en 24 hechos y tormentos agravados seguidos de muerte en otros cuatro casos, «todos ellos en concurso material entre sí y considerados como de lesa humanidad en el marco de un plan genocida».
Asimismo, los jueces dictaron la absolución del exgendarme en seis hechos.
SU VIDA
Domato (84) actuó en el área militar 234 a partir de agosto de 1976, cuando ostentaba el grado de Segundo Comandante.
La jefatura de ese área militar tenía su sede en el Regimiento de Infantería de Monte 29 de Formosa. Tanto en esta unidad castrense como en el Destacamento de Policía del barrio San Antonio funcionaban para esa época centros clandestinos de detención, este último conocido entonces como La Escuelita.
Para la fiscalía, durante el juicio quedó acreditado que Domato brindó un «aporte esencial a la estructura represiva», que consistió en asignar apariencia legal a las privaciones ilegales de la libertad de los prisioneros políticos mediante la instrucción de falsas causas.
En efecto, cumplió funciones como instructor sumariante de las causas abiertas a las víctimas por la presunta comisión de «actividades subversivas», en el marco de cuyos trámites obtenía confesiones mediante la aplicación de tormentos, que en algunos casos provocaron la muerte de los interrogados.