El gobierno nacional dispuso la implementación de un nuevo sistema procesal penal acusatorio en las provincias del Chaco y Corrientes. A partir del 1 de diciembre, los fiscales asumirán un rol central en la investigación de los delitos, mientras que los jueces se enfocarán en garantizar el cumplimiento de las garantías constitucionales.
Este modelo, establecido por la Ley 27150, busca agilizar los procesos judiciales, reducir la burocracia y fortalecer la oralidad en los procedimientos.
En diálogo con La Radio, el fiscal federal Patricio Sabadini explicó los alcances de esta reforma y los desafíos que implicará la transición hacia el nuevo esquema de trabajo.
A continuación, parte de la conversación.
-¿Qué cambios se proponen en esta reforma?
-Hoy, el fiscal propone medidas; el juez las puede realizar o no, según su conveniencia, según lo que aprecie en el momento de evaluar las medidas que propone el fiscal.
Y después, bueno, la defensa verifica, dentro de su rol, la prueba que se va llevando a cabo, ¿no? Bueno, el juez tiene que pensar como fiscal, tiene que pensar como asesor y tiene que pensar como juez. Bastante esquizofrénico el rol del juez hoy. Y después tiene que valorar su propia investigación; no lo hace un tercero, lo tiene que hacer él, y eso es una consulta fiscal para que realice la acusación final, que es la que después se va a presentar. La investigación, ahora, en ese sentido, puede ser muy burocrática, como lo es el manejo del expediente en papel, el expediente que viaja de un lado a otro, más allá de que estemos en el mundo digital y los expedientes estén digitalizados.
Se empieza a burocratizar eso y, sobre todo, se empiezan a verificar los roles mucho más independientes para llevar las riendas de esta función de investigar que tiene el juez de instrucción. Y la tiene plenamente el fiscal, más allá de alguna medida que le tiene que pedir al juez, por ejemplo, un allanamiento, un testigo, la requisa sobre una persona, que tiene que ver con garantías constitucionales como la inviolabilidad del domicilio y la protección a la intimidad, mientras que la investigación tiene que estar en un tiempo acotado.
Y donde la oralidad va a ser preponderante, se deja de mirar el papel o el expediente para hacer las audiencias orales y grabadas. El juez tendrá que estar presente, el fiscal tendrá que estar presente y, por supuesto, la defensa.
EL FISCAL LLEVARÁ
LAS RIENDAS
-Es decir, una investigación que hoy usted la hace, después le tiene que pedir al juez y el juez tiene que dictaminar. Ahora lo puede hacer todo usted.
-Exactamente. El juez se comporta o debería comportarse como un tercero imparcial. Vamos a poner un ejemplo: si el juez, en el desarrollo de la audiencia, verifica que el fiscal no está yendo por un punto preponderante en la investigación o no está haciendo una consulta a un testigo que debería hacer, el juez no puede intrometerse, se tiene que morder la lengua. Y no hay preguntas aclaratorias. Y eso está bien.
El fiscal tiene en sus manos esa responsabilidad, pero también las consecuencias nocivas de no realizar una investigación como corresponde.
El fiscal pasa a tener un rol más protagónico o preponderante, pero también las falencias ya no pueden ser atribuidas al juez tanto como antes.
El fiscal tiene que persuadir y convencer sobre la posibilidad de que la persona llevada a juicio debe ser condenada porque es responsable. Basta con que la gente proponga un debate y después escuchar, obviamente, el argumento de la defensa.
-¿Quiere decir que usted ahora va a tener más trabajo?
En resumidas cuentas, sí. Se necesitará una especie de pool de fiscales, más fiscales o auxiliares fiscales, porque la verdad es que la tarea va a ser ardua. Y eso tiene que ver también con las herramientas.
No es solamente cambiar los roles: el código ya tiene aproximadamente 10 años y se fue implementando por etapas en todo el país, en Salta y Jujuy desde 2019.
No es solamente un cambio de roles o de funciones, también es dotar al Ministerio Público de herramientas. Ahora, la tarea que hacían los jueces, la hacen los fiscales.
«Todos los fiscales pasarán a ser responsables de su propia causa en juicio»
-Una vez que usted termine la investigación, ¿usted eleva eso a dónde? ¿Al señor juez?
-Otra particularidad que tiene este sistema es que el mismo fiscal que investiga es el mismo fiscal que va a estar en juicio. No existe más la idea de un fiscal de instrucción que realiza un requerimiento para que determinada causa vaya a juicio oral y lo reciba otro fiscal del juicio. No. Todos los fiscales van a tener que ser responsables de su propia investigación.
Si el mismo fiscal que investiga o que está en la etapa preliminar de la preparatoria va a ser el mismo fiscal de juicio. Eso es otro dato relevante también a tener en cuenta. El juez de control o juez de garantía, o si quiere, el juez federal, hoy va a tener que asumir un rol de control sobre lo que está haciendo el fiscal.
Antes lo hacía el fiscal; no estaba en la norma, pero el fiscal tenía que estar detrás del juez diciéndole: «necesito esta medida, mover el expediente, que avance». En fin, debía estar detrás de la investigación, dependiendo de la decisión del juez.
Ahora es al revés, que es lo que se planteaba en la reforma del 94, basada en la idea de que el rol del juez debe ser imparcial, algo que tendría que haberse implementado mucho antes. Pero bueno, ahora el juez controla la investigación del fiscal.
-¿Quién eleva a juicio a la Cámara?
-La etapa de investigación, lo que hoy se conoce como instrucción. La investigación preparatoria es una etapa intermedia, de unos días, y quedan algunas cuestiones pendientes de la investigación preliminar.
Por eso ya no se usa tanto la palabra «elevar», porque es una única instancia. Se llama Instituto Tribunal, que es el que va a realizar el juicio con el mismo fiscal que llevó adelante su investigación.
-Hoy, si se va a la Cámara, ¿ya hay otro fiscal que actúa?
-Hoy es otro fiscal, el fiscal general del Tribunal Oral, el que representa al Ministerio Público Fiscal en el juicio. Eso ya no existirá más con este sistema. Es el mismo fiscal que inició la investigación quien deberá defender la causa o lo que investigó ante un Tribunal Oral, que puede estar compuesto por tres jueces o por uno.
Es decir, en el caso del doctor Patricio Sabadini, fiscal de Resistencia, él toma la causa de lavado de dinero, la investiga y concluye que «X» persona cometió lavado de dinero. El señor juez eleva la causa a la Cámara, pero el doctor Patricio Sabadini tiene que defender su postura en la Cámara. Defender su acusación ante el Tribunal Oral, en este caso.
-Y el fiscal actual que actúa en el Tribunal Oral, ¿qué va a pasar?
-Pasa a tener un rol como el que tengo yo: un rol de investigador también. Es decir, todos pasan a ser fiscales generales. Y habrá un fiscal coordinador, denominado fiscal coordinador de distrito, que será el encargado de fijar las cuestiones de agenda o, si se quiere, dividir la oficina en áreas temáticas.
En otras palabras, organizará a los fiscales que dependan de su distrito. Se habla de distrito más que de jurisdicción, desde el punto de vista del Ministerio Público Fiscal.