A mitad de mes, el gobernador de Leandro Zdero envió a la Legislatura un paquete que reduce alícuotas en Ingresos Brutos, alquileres y establece la eximición del Impuesto Inmobiliario, entre otros conceptos.
Entre las principales iniciativas del paquete, se destacan la reducción progresiva de la alícuota del impuesto sobre los ingresos brutos, que pasará del 3,5 % en 2025 al 3,2 % en 2026, y una disminución aún más significativa para sectores clave.
En particular, la alícuota del sector primario se reducirá del 0,75% al 0,50%, y la del sector mayorista se fijará en 2,9 %.
Sin embargo, también se establecerá una prórroga de la Ley 4003-F, que exime del pago de ingresos brutos a nuevos contribuyentes que se inscriban en la Administración Tributaria Provincial (ATP) del Chaco durante un año y numerosas contribuciones al sector privado.
Entrevistado por LA VOZ DEL CHACO, el presidente del Colegio de Corredores Inmobiliarios del Chaco, Sergio Centurión, destacó la importancia de la reducción en lo referido a locaciones de inmuebles.
Asimismo, explicó que actualmente el sellado de un contrato representa un 1,5% del valor total del alquiler, lo que puede implicar costos elevados para los inquilinos, y precisó que el nuevo proyecto propone que contratos de hasta dos salarios mínimos queden exentos.
Así transcurrió parte del diálogo.
-¿Cómo evalúa el sector inmobiliario la reducción de impuestos?
-Es una excelente noticia, la verdad que fue una muy buena noticia. Bien es un proyecto que todavía no está plasmado en la realidad, que debe ser evaluado por la Legislatura, la verdad que para nosotros es una gran noticia, y si se plasma en la realidad, con más razón.
-Esta reducción de impuestos abarca a productores de seguros, según él mencionó, y a contratos de alquiler, ¿no?
-Así es. Lo que a nosotros nos toca en forma directa es en lo que hace a locaciones de inmuebles. Locaciones de inmuebles, tanto residenciales como comerciales, en ambos casos sufren modificaciones para mejor, o sea, reducciones del impuesto para los contribuyentes.
El sellado de un contrato actualmente paga el 1,5% del valor del contrato. ¿Cómo se calcula el sellado de un contrato? Es el valor del alquiler inicial por la cantidad de meses de ese contrato, y sobre ese nuevo valor se le aplica el 1,5%. Es un valor alto.
El proyecto está estimado que en dos salarios mínimos no pagaría el impuesto. Hasta dos salarios mínimos no pagaría el impuesto, eso estamos hablando más o menos de unos $550 mil de alquiler. Si yo calculo hoy un sellado de un contrato de $550 mil en 24 meses, o sea, dos años, significa hoy casi $200 mil de sellado.
Casi la mitad de un alquiler se va en el sellado de ese contrato. Entonces, el proyecto estima que esa persona que hoy tiene que pagar $198 mil por ese contrato va a pagar cero.
DE LA CRISIS AL CRECIMIENTO
-¿Cómo está el mercado inmobiliario acá en la provincia y en el país?
-Ha crecido mucho desde la derogación de la Ley de Alquileres. Eso ha cambiado sustancialmente la realidad de un mercado absolutamente en crisis, como teníamos hace un año y medio atrás, prácticamente sin oferta de inmuebles en locación. Hoy esto ha cambiado.
Hay una oferta reciente, todavía de ninguna manera cubre el 100% de las necesidades, pero estamos lejos de esa falta de oferta que había hace poco tiempo. No existe Ley de Alquileres en este momento. Solamente se aplica el Código Civil y Comercial como fundamento para todo tipo de locaciones.
Obviamente, lo más importante es el acuerdo de partes. Las negociaciones establecen los términos de ese contrato a partir de una ley base, que es el Código Civil, por supuesto, pero donde prima el acuerdo de las partes.
-¿Entre locatario y locador consensúan el precio? ¿Qué período tiene la renovación? ¿Sigue vigente el pago de ese depósito para ingresar o no?
-Consensuan plazos, consensúan ajustes, consensúan el método a utilizar para los ajustes, los plazos, obviamente el precio. Todo puede conversarse a partir de la derogación de la nefasta Ley de Alquileres que teníamos vigente hasta diciembre de 2023. Hoy el plazo que más se ha adoptado a lo largo del país es de dos años, en mayor proporción.
En algunos casos puede ser menos, muchas veces hasta por requerimiento de los inquilinos, y en algunos casos puede ser mayor, pero principalmente en las locaciones comerciales, por ahí necesitan otros plazos para operar bien. El depósito en garantía, que se llama hoy, es variado, o sea, depende justamente nuevamente de un acuerdo de las partes.
Ese depósito puede ser integrado en efectivo, cuando así lo decidan las partes. Por lo general, se representa el valor de un alquiler. A veces se integran documentos pagaré, por lo general mayores al valor de un alquiler, pero es un instrumento que permite que la gente no tenga que poner más efectivo en ese momento de ingreso. Y, después, ese documento se devuelve a la finalización del contrato, y bueno, si todas las obligaciones de las partes están cumplidas, se devuelve ese documento.
También hay otros instrumentos, como seguro de caución, que es también de locaciones que existen en nuestra plaza, que muchas veces reemplazan también estas opciones. Así que hoy hay varias utilizaciones para integrar el depósito en garantía, no es una sola opción como también pasaba hasta que existía la Ley de Alquileres.
-¿Y la demanda aumentó, bajó? ¿Cómo está?
-La demanda siempre es constante, o sea, hay una necesidad de locaciones muy grande por parte de la población. Lo que cambió es un poco la oferta; hoy en día hay más oferta, pero aún así creo que la demanda no está 100% satisfecha.
Todavía creo que entre el Estado y el sector privado deberían trabajar en generar una oferta de inmuebles y posibilidades para que la gente acceda a su vivienda de manera más fuerte. Todavía hay cuentas pendientes en la sociedad en ese sentido.