En el fallo, la Fiscalía de Investigaciones 10, Lilian Beatriz Irala, además resolvió el jueves cambiar la carátula de la causa de homicidio culposo agravado en accidente de tránsito a homicidio simple en concurso ideal con lesiones graves cometido con dolo eventual en carácter de autor.
El imputado deberá continuar alojado en dependencias de la comisaría de Isla del Cerrito, ya que la fiscala expuso que una reciente causa en su contra por lesiones graves demuestra su «falta de apego a las normas que regulan la conducta social», y enumeró indicios de que «pueda tener intención de evadir la acción de la Justicia o entorpecer la investigación».
En los fundamentos del cambio de carátula en cuanto al dolo eventual, sostiene que «Gallardo con su actuar se colocó de una manera consciente bajo una conducta riesgosa de conducción temeraria y a alta velocidad, bajos los efectos del alcohol, suficiente para estar en un estado de desinihibición, y que al momento de embestir a los damnificados, no detuvo su velocidad, siguiendo su marcha hasta varios metros posteriores del lugar del hecho».
El pasado domingo 12 de febrero, Franco Cardozo (24), Carla Meza (25) y María Soledad Jara (29) fallecieron chocados por un Volkswagen Vento, que era conducido por un joven (21), identificado como Matías Alberto Gallardo, en el acceso a la localidad distante a unos 21 kilómetros de la capital chaqueña.
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