Lo resolvió el juez Sebastián Casanello luego de que los acusadores, tanto el fiscal Guillermo Marijuán como las querellas de la AFIP y la UIF, pidieran la desvinculación de la vicepresidenta.
El juez federal Sebastián Casanello sobreseyó hoy a la vicepresidenta Cristina Kirchner en la causa conocida como la “Ruta del dinero K”, en la que estaba imputada por ser la presunta autora ideológica del lavado de dinero del empresario Lázaro Báez. La resolución se conoce luego de la postura del fiscal federal Guillermo Marijuán y de las querellas de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y de la Unidad de Información Financiera (UIF), que pidieron el sobreseimiento de la ex presidenta.
Fuentes judiciales informaron que, además, el magistrado rechazó el pedido de la asociación civil Bases Republicanas de ser querellante en la causa para continuar con la imputación por considerarlo inadmisible.
“Frente a la solicitud del acusador y titular de la acción penal de sobreseer -acompañada por el resto de las agencias estatales-, la tarea del juez se encuentra acotada a examinar los requisitos de razonabilidad y legalidad de la petición, que en el presente caso se hayan satisfechos toda vez que la fiscalía ha arribado a una de las soluciones previstas en el ordenamiento legal a través de un razonamiento lógico derivado del examen de las constancias que obran en el expediente”, sostuvo Casanello en su resolución en la que aclaró que “la formación del presente sumario no afecta el buen nombre y honor que hubiera gozado” de la vicepresidenta.
Con esta decisión la acusación queda definitivamente archivada ya que no hay partes que puedan apelarla. Se trata de un expediente que se inició en 2013 y era el único de relevancia que la vicepresidenta tenía en investigación.
Se inició cuando Leonardo Fariña declaró como arrepentido en la causa y dijo que Báez en una reunión que mantuvieron le dijo que Cristina Kirchner le había preguntado si estaba sacando plata al exterior porque así se lo habían informado en la embajada de Estados Unidos. Fariña agregó que ante eso el empresario le pidió que sea “más prudentes con los movimientos”.
Baéz y Fariña fueron condenados por lavado de dinero en un juicio oral, lo que fue ratificado por la Cámara Federal de Casación Penal. Quedaba pendiente la situación de Cristina Kichner que tenía una falta de mérito luego de haber sido indagada.
Hace dos semanas el fiscal Marijuán presentó un dictamen en el que solicitó el sobreseimiento de la vicepresidenta. Fue el 24 de mayo, un día antes del acto en la Plaza de Mayo en la que Cristina Kirchner fue la única oradora.
“No tengo duda alguna de la estrecha y directa relación personal entre Cristina Elisabet Fernández y Lázaro Antonio Báez”, dijo el fiscal y habló de 372 contactos telefónicos entre la ex presidenta y el empresario entre 2010 y 2013. Cristina Kirchner y Báez fueron condenados en la causa de vialidad por las irregularidades en las obras públicas viales que el empresario recibió para Santa Cruz durante los 12 años de kirchnerismo. Y ambos están imputados en la causa “Los Sauces-Hotesur” en los que están sobreseídos y se espera una definición de Casación sobre si confirma esa decisión o la revoca y ordena que se haga el juicio oral.
La Fiscalía señaló que esas comunicaciones no alcanzan para vincular a Cristina Kirchner con el lavado de dinero y que no había otros elementos en el expediente para inculpar a la vicepresidenta. Y agregó que por mayoría la Cámara de Casación no consideró la obra pública como delito precedente del lavado de Báez, otra situación que desvincula a la vicepresidenta.
Ante ese dictamen, el juez Casanello le pidió opinión a la UIF y a la AFIP. Ambas querellas la semana pasada coincidieron con el fiscal y pidieron el sobreseimiento de la vicepresidenta.
Hubo una presentación para que la causa continúe bajo investigación. Fue la que hizo la semana pasada la asociación civil Bases Republicanas que pidió ser querellante para ingresar al expediente e impulsar su investigación. El magistrado rechazó el planteo.
“La singularidad del planteo reside en que acontece a más de diez años de iniciado el trámite, en un momento donde el proceso ha quedado sin acusador y con un objetivo puntual: solicitar la nulidad del último dictamen fiscal. Dicha demora conspira contra la demostración de la calidad de ofendida y en todo caso exhibe como real motivación un profundo desacuerdo con una posición concreta asumida por el Ministerio Público y que tomara trascendencia pública”, sostuvo Casanello que además resaltó una serie de impedimentos formales de Bases.
Infobae