El gobierno provincial recordó ayer cuáles son sus competencias y de qué manera interviene en la investigación por el presunto femicidio de Cecilia Strzyzowski tanto a través de la Policía de la provincia, dependiente del Ministerio de Seguridad y Justicia, como de la Secretaría de Derechos Humanos y Géneros.
En un comunicado de prensa distribuido ayer a los medios de comunicación, desde el Gobierno se indicó que en virtud de esto es necesario aclarar que los familiares de la víctima son quienes acceden a una querellante particular y la responsable de llevar adelante eso es una abogada particular.
En tanto que la defensa de los acusados y/o imputados puede ser atendida por una defensa pública otorgada por la Justicia o mediante abogados particulares.
Asimismo, el Poder Ejecutivo en este y otros casos posee funciones específicas que deben cumplirse. La Secretaría de Derechos Humanos y Géneros actúa desde dos roles: por un lado la constitución en querellante particular por el Poder Ejecutivo a cargo de la Dirección de Litigios Estratégicos.
Esa medida tiene como objetivo garantizar el tratamiento del caso con perspectiva de género según lo establece el artículo 12 de la Ley 965-N, que posibilita a la Secretaría de Derechos Humanos y Géneros a constituirse como querellante en los casos de su exclusiva competencia.
Por otra parte, un equipo interdisciplinario de la secretaría ofrece acompañamiento psicológico para garantizar la contención terapéutica de la familia durante todo el proceso.
Mientras que el Ministerio de Seguridad y Justicia, a través de la Policía del Chaco, tiene el rol de auxiliar de la Justicia.
Esta función se rige por la Ley de Seguridad Pública 2011-J, y su tarea es la de aportar al Ministerio Público Fiscal los recursos humanos y técnicos desde cada una de las áreas especializadas para llevar adelante la investigación.
En ese sentido, es importante destacar la tarea del Ministerio Público Fiscal (MPF), en este caso del Equipo Fiscal Especial, a cargo del fiscal de Cámara Jorge Gómez, quienes tienen la titularidad de la acción penal en materia de dirigir, coordinar y conducir la investigación por el presunto femicidio de Cecilia Strzyzowski.
Por lo que es obligación del Equipo Fiscal solicitar la orden de captura/aprehensión, los allanamientos y realizar la imputación, es decir, indicar por qué delitos se les acusa a los sindicados por el presunto crimen.
Dentro de la intervención judicial, también adquiere importancia el juez de Garantías, en este caso, Héctor Sandoval del Juzgado de Garantías 2.
Ese funcionario judicial es quien autoriza los pedidos del Equipo Fiscal, velando siempre por el debido proceso de acuerdo a las personas que se encuentran acusadas y a los intereses de las víctimas y las querellas particulares.
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