Hoy se conocerá el futuro de la doctora Laura Buyatti, la jueza chaqueña acusada de amenazar a un hombre en Villa Ángela el año pasado. La magistrada afronta un jury de enjuiciamiento por el Consejo de la Magistratura y Jurado de Enjuiciamiento del Chaco. El juicio oral y público contra la jueza de Niñez, Adolescencia y Familia 1 de Villa Ángela comenzó el 23 de mayo pasado. Aunque en esa oportunidad Buyatti se abstuvo de declarar, sus abogados defensores, Armando Aquino Britos y Hugo Marcelo Chávez, intentaron utilizar todos los recursos posibles para desvirtuar la denuncia por amenazas realizada por el albañil, Marcelo Acosta, y para cuestionar la legalidad en la forma en que se obtuvo la conversación telefónica en la que la jueza lo amenazó con meterle «un tiro en la frente» y en mandarlo a detener «durante toda la feria judicial».
En la audiencia posterior, el Ministerio Público Fiscal, representado por el procurador general Jorge Canteros y el adjunto Miguel Fonteina, fue contundente al señalar que con su accionar «la jueza rompió el contrato social y por eso debe ser destituida».
«No tenemos dudas, ninguna duda de que se encuentran acreditados los hechos y de la responsabilidad de los mismos por parte de la señora magistrada», aseguró Fonteina.
Canteros, por su parte, defendió el valor probatorio de la grabación de la conversación telefónica realizada por Acosta. «Fue realizada entre dos contendientes, no hay interferencias de terceras personas ni intromisión. No es necesaria ni una orden judicial para realizar esa grabación, solamente alguien que llama y otro que recibe», sostuvo. En ese sentido, se preguntó: «¿Qué otro medio tenía Marcelo Acosta, un humilde albañil que dijo que hoy tiene temor por su vida, que tiene miedo de salir a la calle, que teme por su familia?».
El jurado de enjuiciamiento que tiene a su cargo la evaluación de las acciones de la magistrada está conformado por Héctor Daniel Zalazar (presidente), Iride Isabel María Grillo, Gloria Beatriz Zalazar, Ana Mariela Kassor, Jessica Ayala, Edgardo Gabriel Reguera y Carim Peche; en tanto Armando Aquino Britos y Hugo Marcelo Chávez serán los abogados defensores.
Las imputaciones sobre Buyatti son amenazas agravadas (artículo 149 bis segundo párrafo) y abuso de poder-autoridad (artículo 248) en concurso ideal (artículo 54) del Código Penal de la Nación. También se la acusa por no guardar una conducta compatible con la dignidad que el estado judicial impone, conforme lo dispuesto por los artículos 7 inciso e y 8 inciso f, de conformidad a lo previsto en el artículo 9 inciso b, todo de la Ley 33-B, en función del artículo 154 de la Constitución Provincial.
El jury no es el castigo al funcionario. Dado el caso, solamente se limitará a proceder a la destitución de la jueza, lo que significará no sólo que perderá su cargo, sino también los fueros. A partir de ahí se abrirá la posibilidad de que sea juzgada por un tribunal ordinario en base a los delitos de los cuales se la acusa.
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