La Cámara de Apelación Civil y Comercial 4 de Resistencia puso fin a un polémico litigio que demoró más de ocho años por un supuesto retardo judicial por parte del magistrado Jorge Sinkovich, y que involucró dos recursos de amparo contra el Poder Ejecutivo y Lotería Chaqueña por un proceso de licitación y concesión para los derechos de explotación de casinos en el interior provincial.
El pasado 29 de febrero, los jueces Fernando Heñin y Diego Derewicki anularon lo sentenciado por Sinkovich en dos amparos presentados en 2015 y que afectaron los intereses económicos de las empresas Casinos del Litoral SA, Casinos del Chaco SA y las entidades pertenecientes al gobierno del Chaco.
Se trata de una causa unificada que se inició tras la presentación de los amparos por parte de dos grupos distintos de personas. En el reclamo, los accionantes buscaron la nulidad del llamado a licitación pública 042/14 referido a la explotación y administración de casinos y salas de máquinas tragamonedas en el interior; la nulidad de la resolución dictada por el Directorio de Lotería Chaqueña, mediante la cual se le adjudicó a Casinos del Litoral SA la mencionada licitación; y la nulidad del decreto del Poder Ejecutivo que aprobó el contrato de concesión suscripto entre Lotería Chaqueña, Casinos del Litoral SA y el concesionario Casinos del Chaco SA.
Tanto Lotería Chaqueña como la Fiscalía de Estado pidieron el rechazo de los amparos presentados porque los accionantes no tenían legitimidad, el proceso licitatorio había sido válido y además ya se había ejecutado el contrato de concesión.
Los amparos cayeron en el despacho del juez Sinkovich. El magistrado entonces, luego de siete años de retener la causa, marcó polémica en agosto de 2022 al fallar a favor, desestimando los argumentos de las partes denunciadas y validando la vía judicial elegida.
La sentencia de Sinkovich fue rápidamente apelada por Lotería Chaqueña y la Fiscalía de Estado. Entre los argumentos, indicaron que el magistrado de primera instancia no tenía la competencia necesaria para dictaminar en la causa y que eran expedientes que debían concernir a los juzgados en lo Contencioso Administrativo, no así en lo Civil y Comercial.
Además, señalaron que Sinkovich ignoró una jurisprudencia del máximo tribunal de la Justicia chaqueña en una causa con características casi idénticas, en la cual «se cuestionaba idéntico procedimiento licitatorio y en el que el alto vuerpo refirió a la improcedencia de la vía –amparo-».
Asimismo, Lotería Chaqueña cuestionó al juez acusándolo de haber tardado ocho años y de haber llevado adelante una causa que afectó las garantías constitucionales de terceros que ni siquiera participaron en el litigio, como por ejemplo la concesionaria Casinos del Chaco SA, que a pesar de haber realizado una millonaria inversión en dólares al momento del inicio de la causa, no tuvo posibilidad de ser escuchada en el litigio.
Sinkovich dio su sentencia en agosto de 2022, pero los expedientes fueron recibidos en la Cámara de Apelaciones recién en noviembre de 2023 a pesar de que los plazos de este proceso no debieran ser mayores a dos días y con impulso oficioso, según indicaron los jueces.
«En la causa se han incumplido los deberes de impulso procesal, dirección del debido proceso de quien asumió su tramitación, considerándolo como un proceso constitucional», señalaron Heñin y Derewicki, quienes en la sentencia de 34 páginas cuestionaron que el juez en lo Civil y Comercial haya dado lugar al amparo y que luego haya fallado a favor de los accionantes.
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