Tras el anuncio de que ya no será obligatoria la cédula azul para circular, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) aclaró este viernes que se mantienen los requerimientos de la Ley vigente con respecto a la documentación solicitada para la circulación en vehículos en todo el territorio nacional.
Además, desde el organismo remarcaron que «esto será así hasta se dicten las normas necesarias para la aplicación efectiva de las medidas anunciadas este viernes 3 de mayo de 2024».
De esta manera, durante los controles vehiculares que el organismo nacional realiza junto a las jurisdicciones locales se continuará solicitando a los conductores la documentación que requiere la Ley vigente a la fecha.
La documentación y elementos necesarios para circular son:
Documento Nacional de Identidad (DNI).
Licencia Nacional de Conducir.
Cédula verde y/o azul.
Comprobante de seguro vigente.
Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV).
Chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado.
Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.
El Gobierno anunció que ya no será necesaria la «cédula azul», que utilizan los conductores que no son propietarios del vehículo que manejan, por lo que cualquier persona podrá circular dentro del país con la sola exhibición (física o digital) de la cédula verde del titular del automóvil. Además, se eliminará el vencimiento de todas las «cédulas verdes».