Cincuenta detenidos de la comisaría Séptima Metropolitana de Resistencia fueron afectados por gases lacrimógenos en el marco de una intervención ejecutada por las fuerzas especiales de la policía del Chaco.
La acción del Comando Especial de Operaciones (COE) se dio en medio de un intento de motín que se produjo el pasado jueves en respuesta a una requisa y a las gravísimas condiciones de hacinamiento que sufren los alojados.
En esta seccional, ubicada en la esquina de avenidas Edison y Lisandro de la Torres, cuenta con cuatro celdas destinadas para 16 personas nomás, es decir casi cuatro veces más que su capacidad, señaló el portal Litigio. Ese lugar fue escenario el jueves por la mañana de un intento de motín por parte de un grupo de internos, quienes respondieron así a una requisa realizada por personal del COE.
Los uniformados terminaron arrojando gas pimienta a los reclusos, quienes se vieron afectados en su totalidad. Por la descompensación que les provocó la acción irritante del químico, dos presos tuvieron que ser trasladados a un centro de salud cercano.
INTERVINO DERECHOS HUMANOS
Un equipo del Comité para la Prevención de la Tortura del Chaco realizó un monitoreo en el lugar tras lo ocurrido. Se entrevistó a cada uno de los detenidos en sus respectivas celdas, de forma grupal.
Durante las charlas, las personas privadas de libertad informaron que fueron revisadas por el médico de la policía, pero este solo les pidió que se levantaran la remera sin proporcionarles asistencia adecuada, especialmente en los casos donde el gas pimienta les había afectado los ojos.
En relación a la intervención policial, se constató que el personal del COE no detalló la cantidad de agentes que participaron en el operativo ni los nombres de los mismos, sino que únicamente informaron el nombre de la policía encargado del operativo.
LA UNIDAD POLICIAL
La comisaría Séptima cuenta con cuatro celdas, las cuales están abiertas las 24 horas del día, permitiendo a los detenidos acceso continuo al patio. Este régimen se implantó debido a la gravedad de la situación de hacinamiento en la que se encuentran.
Los presos duermen en el patio y lo días de lluvia se turnan para dormir bajo techo, según la publicación judicial. Debido a las condiciones de hacinamiento que atraviesan, solicitaron al Comité la presentación urgente de un habeas corpus para mejorar su situación.
Existe un antecedente reciente en este sentido. A través de otro habeas corpus, en virtud de una acción interpuesta por la Defensa Pública O?cial a raíz de la situación de la Comisaría Quinta Metropolitana, la Cámara Segunda en lo Criminal ordenó al Ministerio de Seguridad y Justicia disminuir el número de personas detenidas en dicha unidad hasta alcanzar el cupo oficial declarado por la agencia policial, pudiendo en circunstancias excepcionales y debidamente justi?cadas superar (como máximo) el 30% de la capacidad de alojamiento.
Lapidario informe sobre las condiciones de las celdas
El hacinamiento de la comisaría Séptima de Resistencia es más bien una regla que una excepción en las unidades policiales del Área Metropolitana del Gran Resistencia. En el último informe anual del Comité para la Prevención de la Tortura del Chaco se indicó que esta zona “ostenta mayor gravedad en términos de hacinamiento en dependencias policiales”.
En dicho informe, que abarca el período 2022/2023, se enumeraron las unidades con mayores niveles de sobrepoblación crítica. Entre las peores, estaban la Comisaría Duodécima de Resistencia, con 200% de sobrepoblación; Segunda, 164%; Sexta, 150%; seccional Tercera de Barranqueras, 150% y la Primera de Fontana; 140% de hacinamiento.
En el Chaco, más del 47% de los detenidos están alojados en comisarías de acuerdo a una investigación realizada por el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) en el marco de la campaña nacional “No más presos en comisarías”.
A fines de diciembre de 2022, la provincia se ubicaba en el cuarto lugar entre las que tienen más personas detenidas en comisarías, con 1.119 de un total de 2.377.
“Cada una de esas personas está allí porque un/a juez/a lo permite, desentendiéndose totalmente de las condiciones de encierro que la persona sufrirá esperando su juicio, y muchas veces, cumpliendo la condena. Esta situación es una clara violación de la Constitución Nacional, y un incumplimiento de estándares internacionales y sentencias de nuestra Corte Suprema. Es momento de exigir la responsabilidad de cada juez/a”, denunció el INECIP en agosto pasado.
El hacinamiento o sobrepoblación crítica, vale aclarar, es la acumulación o amontonamiento de personas superior al 20% de la capacidad de alojamiento del establecimiento, según establece el Comité Europeo para los Problemas Criminales.
El Comité Nacional para la Prevención de la Tortura, a través de una recopilación de estándares internacionales de derechos humanos, estableció que, a los fines de la determinación de la super?cie de los lugares de alojamiento provisorio -para celdas múltiples- de personas privadas de libertad, se contabilizarán seis metros cuadrados para el primer alojado y cuatro metros cuadrados para cada alojado adicional, sin contabilizarse la super?cie del baño, el cual debe tener como mínimo dos metros cuadrados.