Es el caso de General San Martín. Los implicados fueron filmados por un kiosquero y de eso modo la aberración salió a la luz.
La Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) emitió dictamen en la investigación de oficio iniciada por el caso de supuesto abuso sexual a una menor de 16 años ocurrido en la localidad de General José de San Martín por parte de dos oficiales de la Policía. Por el hecho conocido a través de medios periodísticos es que la Fiscalía inició de manera inmediata una investigación de oficio y dispuso una serie de medidas en el expediente 3934/21, antes de llegar al dictamen 70 firmado por el Fiscal General, Gustavo Leguizamón.
En el mismo, el fiscal aconseja al gobernador Jorge Capitanich y al Ministerio de Seguridad y Justicia de la provincia del Chaco que expulse de las fuerzas a los dos policías implicados, más allá de otras penas que le pueden caber en la causa iniciada en el ámbito judicial.
Se trata de Rodolfo Ariel Luna, sargento con quince años de antigüedad en la fuerza policial y Martín Pera, cuatro años.
Fundamentos
En el expediente se expone que el organismo toma intervención aplicando la Ley 1341-A “Etica y Transparencia en la Función Pública” cuyo artículo 3 señala que la norma “es aplicable, sin excepción, a todas las personas físicas que se desempeñen en la función pública en cargos electivos o no, en todos los niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, remunerada u honoraria en el sector público provincial -Ley 790-A- como también a las personas que se desempeñen en las cooperativas concesionarias de servicios públicos o entidades legalmente constituidas, que administren fondos del Estado Provincial y en los Gobiernos Municipales”.
Por ello el Fiscal sostiene que “la cuestión ética y moral resulta paralela e independiente de la situación estrictamente penal, en razón de que las responsabilidades que pesan sobre los agentes y funcionarios públicos corresponden a distintas materias, tanto penal, administrativas, disciplinarias y moral, además de la responsabilidad Civil”. También agrega que esas responsabilidades al ser independientes y distintas, pueden acumularse sin que se viole el principio constitucional non bis in idem, más allá de ser un mismo hecho.
De acuerdo a las competencias de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas, se determinó que la conducta desplegada por los policías “constituye una falta ética” y por ello se aconseja al gobernador de la provincia y al Ministerio de Seguridad y Justicia, se le aplique a los policías “las sanciones disciplinarias establecidas en el artículo 60 de la Ley 178-J, de carácter expulsiva que en el mayor rigor considere la autoridad superior en atención a la gravedad de la falta incurrida” ya que se consideró que los agentes involucrados con su accionar “pusieron en riesgo la función pública, el orden y la seguridad, además del honor y decoro de la institución policial”.