En una nueva medida para preservar la salud de la población, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización de una marca de aceite de oliva y de productos de limpieza.
Ambas medidas fueron concretadas a través de las disposiciones 6610/2024 , correspondiente al aceite de oliva; y la disposición 6585/2024 , correspondiente a los productos de limpieza.
Respecto al aceite de oliva, la prohibición se extiende al producto extra virgen marca Don Guillermo, elaborado y fraccionado en Mendoza, «en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulados al exhibir en sus rótulos registros sanitarias inexistentes».
La prohibición se estableció tras una investigación iniciada «a partir del reclamo de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación a la autenticidad del producto».
El organismo dependiente del Ministerio de Salud dispuso que «no podrá ser ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina» por tratarse de un producto que «no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado».
En el caso de los productos de limpieza, el organismo restringió «el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional» de un grupo de «productos domisanitarios» distribuidos y comercializados en la empresa Multimax de Avellaneda «por no cumplir con la normativa vigente».
La disposición incluye los siguientes productos: «un desinfectante de superficie concentrado y granulado, un limpiador para baño concentrado, un limpiador para vidrios y multiuso concentrado, un jabón líquido para lavar la ropa y un limpiador desengrasante para cocina concentrado». La denuncia, en este caso, fue respecto a la «legitimidad y cumplimiento de la normativa en relación a productos domisanitarios».